Denegación de un visado

La información contenida es de carácter orientativo. En todo caso únicamente será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de la presentación del expediente.

Qué es y Cómo Funciona

Si te han denegado un visado para entrar en España, tienes derecho a presentar un recurso para impugnar la decisión y solicitar una revisión del caso.

¿Qué es un recurso contra la denegación de un visado?

Es un procedimiento legal que permite a una persona que ha recibido una denegación de visado solicitar que la Administración revise su decisión, aportando nuevas pruebas o aclaraciones.

La denegación de un visado puede deberse a varios motivos, como:

  • Falta de documentación o documentos insuficientes.
  • No demostrar suficientes medios económicos.
  • Dudas sobre la intención real del viaje.
  • Prohibición de entrada en el espacio Schengen.
  • No cumplir los requisitos de la normativa vigente.

Tipos de recursos disponibles

1. Recurso de Reposición (Vía Administrativa)

  • Se presenta ante el mismo Consulado o Embajada que denegó el visado.
  • Plazo para presentarlo: 1 mes desde la notificación de la denegación.
  • Permite aportar nueva documentación que pueda justificar la concesión del visado.

2. Recurso Contencioso-Administrativo (Vía Judicial)

  • Se presenta ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  • Plazo para presentarlo: 2 meses desde la notificación de la denegación.
  • Obligatorio contar con abogado y procurador.
  • Es la opción más fuerte si el recurso de reposición no prospera.

Cómo Presentar un Recurso de Reposición

  1. Redacción del recurso
    • Indicar datos personales del solicitante.
    • Mencionar la fecha y número de expediente de la denegación.
    • Explicar las razones por las que considera que la negación es incorrecta.
    • Adjuntar nueva documentación que refuerce su solicitud.
  2. Presentación del recurso
    • Se debe presentar en el mismo Consulado o Embajada que emitió la denegación.
    • Puede hacerse presencialmente o mediante un representante autorizado.
  3. Distorsión
    • La Administración tiene un plazo de 1 mes para responder.
    • Si no hay respuesta, se considera denegado por silencio administrativo.

Cómo Presentar un Recurso Contencioso-Administrativo

  1. Contratar a un abogado y procurador.
  2. Redactar una demanda judicial explicando la denegación y las razones por las que debe revocarse.
  3. Presentar la demanda en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  4. Esperar la resolución judicial.

¿Qué opción es mejor?

Si la denegación se basa en motivos más complejos o el Consulado no responde, el recurso contencioso-administrativo es la vía más efectiva.a otra oportunidad.

Si la denegación se debió a falta de documentos o errores menores, el recurso de reposición es recomendable.