PAREJA ESTABLE NO REGISTRADA (NOVEDAD REGLAMENTO 2025)

Normativa: El nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado mediante el Real Decreto 1155/2024, reconoce la figura de la «pareja estable no registrada

Ahora también puedes obtener la residencia sin estar casado ni registrado.

Desde mayo de 2025 se reconoce la figura de «pareja estable no registrada».

¿Qué se considera pareja estable no registrada?

  • Relación pública, continua y estable con ciudadano español.
  • Convivencia demostrable con documentos:
    • Empadronamiento conjunto.
    • Contratos de alquiler o facturas.
    • Cuentas bancarias compartidas.
    • Fotografías, comunicaciones, testimonios.

Requisitos para solicitar la residencia:

  • Demostrar relación estable.
  • No estar casado ni inscrito con otra persona.
  • Cumplir con la normativa vigente.

¿Qué permite?

  • Solicitar tarjeta de residencia como familiar de ciudadano español.

Conclusión

Ahora las parejas tienen mayor flexibilidad:

  • Casados: pueden solicitar la tarjeta de residencia.
  • Parejas de hecho registradas: pueden solicitarla también.

Parejas no registradas (estable no inscrita): desde 2025, también pueden hacerlo acreditando su vínculo.